Ejercer ante la municipalidad la representación de los socios de su unidad vecinal respectiva, canalizar ante las direcciones de servicios municipales las sugerencias y pedidos de los vecinos.
• Colaborar, vigilar y proponer acciones para mejorar la calidad, eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios locales.
• Colaborar en la difusión de las normas sobre mantenimiento y conservación de la infraestructura pública, bienes públicos, mobiliario urbano y áreas verdes; para un uso adecuado de dichos bienes evitando su deterioro.
• Difundir, vigilar y colaborar en el cumplimiento de las normas municipales.
• Coordinar y difundir entre los vecinos de su zona las acciones municipales vinculadas a la seguridad ciudadana, salud, educación, cultura, recreación, deportes y solidaridad social.
Las Juntas de Vecinos no son organizaciones de servicio a los vecinos sino que representan los inscritos en sus registros con su cuota al día.
Los directores realizan sus labores ad honorem, tienen obligaciones y tareas inherentes a su cargo, pero no son empleados de los socios.